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La empresa no puede sancionar al empleado si se cae internet mientras teletrabaja

8.06.2021

La AN considera que los incidentes relacionados con un corte de luz o de la red forman parte del tiempo de trabajo, por lo que la plantilla no tiene por qué recuperar el rato perdido.
Irene Cortés - El Confidencial, 3 de junio de 2021.
La AN da la razón al sindicato y rechaza que el ‘contact center’ pueda sancionar a sus trabajadores por problemas relacionados con cortes de luz o caídas de internet porque, esencialmente, no aplica este mismo criterio con sus trabajadores presenciales cuando los incidentes se producen en su centro de trabajo.
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