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Un juez avala el cese por faltas de asistencia de una empleada que trabajaba desde casa

3.05.2021

El juzgado compara la modalidad remota y la presencial y considera que no conectarse al sistema informático interno equivale a ausentarse del puesto.
Irene Cortés - El Confidencial, 1 de mayo de 2021.
A finales de mayo, la empleada recibió una carta en la que se le comunicaba su despido disciplinario. En la misiva, la compañía explicó que, tras un mes mostrando una dejación de sus funciones, iniciaron una investigación sobre las herramientas informáticas y se pudo acreditar que desde que se instauró el teletrabajo obligatorio, la demandante no se había conectado en varias ocasiones. Concretamente, faltó cinco días en marzo, ocho en abril y otros ocho en mayo.
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