El Constitucional y el Supremo contradicen la justificación de Interior para la ‘patada en la puerta’
31.03.2021
Jueces, abogados y fiscales coinciden en que los alojamientos turísticos, sean del tipo que sean, son inviolables como cualquier otro domicilio y la Policía sólo puede entrar en éstos para perseguir un delito flagrante con orden judicial.
Carmen Lucas-Torres y Antonio Salvador - El Independiente, 31 de marzo de 2021.
Tanto la doctrina del Tribunal Constitucional como la jurisprudencia del Supremo contradicen la justificación que dio este martes el Ministerio del Interior para la intervención de los policías que el pasado 21 de marzo derribaron con un ariete la puerta de un domicilio en el centro de Madrid para impedir que continuara una fiesta de 14 personas que, por tanto, incumplían las limitaciones establecidas para frenar la propagación de la covid-19.