Opiniones

Los trabajadores pueden demandar a las empresas que no acepten el teletrabajo

24.09.2020

Olga Rodríguez - El Independiente, 23 de septiembre de 2020.
El texto del Real Decreto insiste en el carácter “voluntario” y “reversible” del teletrabajo. Por otra parte, para que sea considerado así, este debe suponer al menos un 30% de la jornada durante un tiempo de referencia de tres meses. Además, queda excluido de esta regulación el teletrabajo adoptado como consecuencia de la pandemia.
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