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Si no hace la pausa del bocata, la empresa debe compensárselo pero no como hora extra

6.01.2016

El tiempo de descanso no disfrutado debe compensarse porque alarga la jornada laboral.
M. Valero - El Confidencial, 5 de enero de 2016.

El fallo del Alto Tribunal llega tras un recurso de Adif contra una sentencia de la Audiencia Nacional que establecía que los tiempos de descanso no disfrutados debían pagarse como horas extra.

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