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Una regla determinará la pensión de los hijos en caso de divorcio

10.07.2013

El “sistema de tablas” se usa desde hace años en algunos países de nuestro entorno como Canadá, Noruega y Alemania.
J. V. E., R. C. y F. V. - La Razón, 10 de julio 2013

“La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe”. Así reza el artículo 146 del Código Civil. El único que se aproxima a la cuantificación de las pensiones alimenticias en caso de divorcio. Hasta la fecha, algunos jueces dictaminaban las pensiones en función de las pruebas que presentaba cada cónyuge; otros, según las tablas de pensión de alimentos ideadas por José Luis Utrera Gutiérrez, juez de familia de Málaga.

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