En los últimos años, la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar a los hijos menores de padres separados se efectuaba con disparidad de criterios en las distintas Audiencias Provinciales. Ahora, la doctrina más reciente y moderna del Tribunal Supremo sobre la atribución a los hijos del domicilio familiar ha venido a modificar la interpretación que se estaba realizando sobre esta cuestión, recogida en el artículo 96 del Código Civil adaptando, por tanto, sus contenido a las nuevas circunstancias sociales.
Ser Felices por fascículos
Hay estudios que indican que durante la infancia lo más relevante es el afecto de la familia, mientras que durante la adolescencia lo son las relaciones con amigos, el éxito académico o deportivo o el desarrollo de la propia identidad. En esta línea, durante la...